REGLAMENTO INTERNO
REGLAMENTO INTERNO DE LA COMUNIDAD DE UMBRAL MX
CAPÍTULO PRIMERO. DE UMBRAL MX.
ARTÍCULO PRIMERO. OBJETO Y DENOMINACIÓN.
El presente reglamento tiene por objeto regular el comportamiento de las personas que son parte de UMBRAL MX. Cualquier persona que asista o participe en cualquier espacio y actividad da por aceptado y entendido el presente reglamento.
ARTÍCULO SEGUNDO. MISIÓN.
UMBRAL MX busca promover, informar, educar y dar a conocer aspectos de la sexualidad humana relacionados con el BDSM y el Kink, así como proporcionar un espacio para las personas afines a su forma de vivirlo, teniendo como valores principales:
Autocontrol.
Autoestima.
Autoconfianza.
Autorespeto.
Autoconocimiento.
Respeto hacia otras ideas, gustos o personas.
Responsabilidad.
Honestidad.
Lealtad.
Compromiso.
Estos valores y habilidades se inculcan mediante la impartición de pláticas informativas, talleres, talleres vivenciales, mesas redondas y demostraciones técnicas.
UMBRAL MX está abierto a incluir a cualquier persona mayor de edad, sin importar raza, creencia religiosa, nivel socio-cultural, preferencia sexual, rol o experiencia.
ARTÍCULO TERCERO. VISIÓN.
UMBRAL MX se define como una institución privada con un compromiso dual: por un lado, se enfoca en la promoción, educación y práctica de la sexualidad alternativa bajo principios de seguridad y consentimiento; por otro, se dedica a ofrecer un espacio tanto educativo como recreativo y lúdico, donde la exploración de prácticas sexuales alternativas se realiza en un ambiente de conocimiento compartido y disfrute consciente.
1. Enfoque Educativo, Recreativo y Lúdico.
En UMBRAL MX, el aprendizaje y la práctica de la sexualidad alternativa van de la mano con el disfrute y la diversión. Nuestro programa incluye talleres, cursos y actividades diseñadas no solo para enriquecer el conocimiento y las habilidades de los participantes, sino también para asegurar que estas experiencias sean disfrutables y lúdicas, fomentando así una atmósfera de bienestar y satisfacción personal.
2. Institución Privada.
Como entidad privada, UMBRAL MX ejerce plena autonomía en su gestión, organización y admisión, siempre alineada con sus principios fundacionales y objetivos estratégicos. Esta independencia permite ofrecer experiencias de alta calidad, garantizando un ambiente seguro y propicio tanto para el aprendizaje como para el entretenimiento.
3. Compromiso con la Comunidad.
A pesar de su naturaleza privada, el compromiso de UMBRAL MX con la comunidad es fundamental. Se busca construir relaciones sólidas y significativas con los participantes y con la comunidad más amplia de prácticas sexuales alternativas, promoviendo un entorno inclusivo y respetuoso.
4. Innovación y Desarrollo.
La institución se caracteriza por su búsqueda constante de innovación en sus programas educativos y actividades recreativas. UMBRAL MX aspira a ser un referente en metodologías de enseñanza y experiencias lúdicas en el campo de la sexualidad alternativa, asegurando que sus miembros accedan a contenidos actualizados y participen en actividades enriquecedoras.
5. Seguridad y Consentimiento.
La seguridad y el consentimiento son pilares centrales de esta visión. Todas las actividades, educativas o recreativas, se llevan a cabo con el máximo cuidado y respeto hacia los límites y deseos de todos los participantes, creando un ambiente seguro donde la exploración y el disfrute van de la mano.
ARTÍCULO CUARTO. DE LA PROPIEDAD.
4.1 Propiedad Intelectual y Física.
Cualquier material didáctico, mueble o recurso empleado en talleres, cursos, eventos o cualquier otra actividad originada, creada, desarrollada o facilitada bajo el auspicio de UMBRAL MX, incluyendo pero no limitado a manuales, guías, presentaciones, metodologías de enseñanza, así como cualquier mueble o equipamiento especializado utilizado para la ejecución de dichas actividades, es propiedad exclusiva de la persona titular de la marca UMBRAL MX. Esto comprende tanto los derechos físicos sobre los bienes tangibles como los derechos intelectuales sobre el contenido creado.
4.2 Derechos de Autor y Protección.
Todos los materiales, métodos y herramientas educativas desarrolladas específicamente para y por UMBRAL MX gozan de protección bajo las leyes de derechos de autor aplicables. Esto garantiza que la originalidad, calidad y exclusividad de los contenidos y recursos empleados en la impartición de conocimiento y experiencias dentro del ámbito de UMBRAL MX sean mantenidos y preservados para el beneficio de la comunidad y la marca.
4.3 Uso y Licencia.
El uso, réplica o distribución de cualquier material, mueble o metodología de taller desarrollado por UMBRAL MX requerirá de una autorización explícita por parte de la persona titular de la marca. Dicha autorización se otorgará a discreción de la titular y podrá estar sujeta a condiciones específicas de uso, distribución y cualquier otro término que se considere pertinente.
4.4 Innovaciones y Mejoras.
Cualquier innovación, mejora o adaptación realizada a los materiales, muebles o talleres existentes, incluso si surge como resultado de sugerencias, recomendaciones o colaboraciones de terceros, será considerada automáticamente propiedad de la titular de UMBRAL MX, a menos que se acuerde lo contrario mediante un convenio escrito previo a dicha colaboración o aporte.
4.5 Protección Legal.
UMBRAL MX se reserva el derecho de emprender acciones legales pertinentes para proteger sus intereses y propiedades contra el uso no autorizado, la reproducción indebida, la falsificación o cualquier otra forma de violación de sus derechos de propiedad intelectual y física.
ARTÍCULO QUINTO. COMPROMISO CON LA LEGALIDAD.
La Comunidad de UMBRAL MX mantiene un firme compromiso con la legalidad y la ética, posicionándose de manera categórica contra cualquier forma de actividad ilícita. Se fomenta una cultura de responsabilidad y respeto, donde la denuncia y el repudio a acciones que contravengan la ley son fundamentales. Entre las actividades que la comunidad condena enfáticamente, se incluyen, pero no se limitan a, las siguientes:
1. Pedofilia: rechazo categórico a cualquier acto que involucre o sugiera el abuso sexual de menores.
2. Estupro: condena a las relaciones sexuales que aprovechan una posición de poder o influencia sobre personas menores de edad.
3. Material de Abuso Sexual Infantil: oposición firme a su producción, distribución o posesión.
4. Violencias: repudio a todas las formas de violencia física, psicológica, emocional y sexual.
5. Trata de Personas: postura en contra de cualquier acto de comercio ilegal de personas con fines de explotación sexual, laboral o de otra índole.
6. Corrupción de Menores: rechazo a cualquier intento de corromper o desviar el desarrollo psicosexual saludable de menores.
7. Secuestro, Violación, Hostigamiento y Acoso Sexual: condena a todos los actos que vulneren la libertad y la integridad sexual de cualquier persona.
8. Necrofilia: oposición a cualquier acto sexual que involucre a personas fallecidas.
9. Zoofilia: rechazo a cualquier acto sexual con animales.
10. Lenocinio y Prostitución Forzada: postura en contra de la explotación sexual comercial y cualquier forma de prostitución no consensuada entre adultos plenamente conscientes y en condiciones de igualdad.
UMBRAL MX asume la responsabilidad de promover un ambiente seguro y respetuoso, libre de cualquier actividad que atente contra la legalidad y la dignidad humana. Este compromiso se extiende a todos los miembros de la comunidad, alentándolos a mantenerse vigilantes y activos en la prevención y denuncia de cualquier conducta que contravenga estos principios. Cualquier hecho de esta naturaleza que llegue a conocimiento de la administración será, además de sancionado conforme a este reglamento, hecho del conocimiento de las autoridades pertinentes.
CAPÍTULO SEGUNDO. DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD.
ARTÍCULO SEXTO. MIEMBROS.
La membresía en la Comunidad de UMBRAL MX está abierta a todas las personas mayores de 18 años que manifiesten interés en explorar prácticas de sexualidad alternativa, caracterizadas por ser consensuadas y por asumir conscientemente los riesgos inherentes. Se da la bienvenida tanto a quienes tienen experiencia en estos ámbitos como a quienes se acercan con curiosidad, sin discriminación alguna por raza, creencia religiosa, nivel socioeconómico y cultural, orientación sexual, rol o experiencia previa.
La participación en cualquier actividad o el acceso a los espacios gestionados por la Comunidad implica el reconocimiento y la aceptación expresa del reglamento que la rige. Se espera que todos los miembros y participantes se familiaricen con estas normativas, ya que la falta de conocimiento sobre las mismas no eximirá a nadie de su cumplimiento. Este principio asegura el mantenimiento de un ambiente seguro, respetuoso y acorde con los valores y principios que promueve UMBRAL MX.
ARTÍCULO SÉPTIMO. REQUISITOS PARA LA MEMBRESÍA EN UMBRAL MX.
Para formar parte de la Comunidad de UMBRAL MX y contribuir a un ambiente de respeto, seguridad y exploración positiva de la sexualidad alternativa, se establecen los siguientes requisitos indispensables para todos los aspirantes a miembros:
a) Edad: tener 18 años de edad o más, con la capacidad legal para participar en las actividades de la comunidad y comprender plenamente la naturaleza de las prácticas sexuales alternativas BDSM y Kink.
b) Aceptación del Reglamento: compromiso firme de respetar y adherirse al reglamento que rige a UMBRAL MX, incluyendo las normativas sobre conducta, seguridad, consentimiento y privacidad.
c) Revisión de la Lista de Vetados: no figurar en la lista de personas previamente vetadas por la Comunidad. Esta lista incluye a individuos que han atentado contra los principios o miembros de UMBRAL MX, así como a quienes fueron expulsados por infringir las normas establecidas.
d) Acuerdo Implícito de Confidencialidad: al asistir o participar en cualquier actividad de UMBRAL MX, se entiende que cada individuo acepta de manera implícita un acuerdo de confidencialidad, que lo compromete a proteger y respetar la privacidad de todos los miembros de la comunidad, así como la información compartida y las experiencias vividas dentro de sus espacios. Este compromiso es esencial para preservar la integridad y la confianza dentro del espacio compartido.
ARTÍCULO OCTAVO. DERECHOS DE LOS MIEMBROS.
Los miembros de UMBRAL MX gozan de los siguientes derechos esenciales, que contribuyen a un ambiente de respeto, participación activa y disfrute mutuo dentro de la comunidad:
1. Ser tratados con dignidad y respeto por parte de otros miembros y de la administración, siempre que ellos mismos traten a los demás de la misma manera.
2. Participar en las actividades organizadas por UMBRAL MX, diseñadas para el desarrollo y exploración de prácticas sexuales alternativas seguras y consensuadas.
3. Asistir a eventos públicos organizados por UMBRAL MX, como celebraciones de aniversario y eventos especiales.
4. Participar en convivencias diseñadas para fomentar el intercambio de experiencias y el fortalecimiento de lazos entre los miembros.
5. Ser considerados, a discreción de la administración, para invitaciones a reuniones privadas, con base en la participación activa, tolerancia y respeto hacia UMBRAL MX y sus miembros.
6. Participar en votaciones y contribuir en decisiones importantes que la administración someta a consideración de los miembros.
7. Proponer nuevas actividades o temas de discusión, contribuyendo a la diversidad del programa educativo y recreativo.
8. Usar los espacios de UMBRAL MX para eventos personales, conforme a las políticas de la comunidad y sin interferir con actividades programadas ni permitir la participación de personas vetadas.
9. Liderar presentaciones, debates o actividades educativas en las reuniones de la comunidad.
10. Acceder al espacio virtual de UMBRAL MX para exponer temas y participar en discusiones relacionadas con los intereses de la comunidad.
11. Promover productos o servicios dentro de los espacios de UMBRAL MX, con acuerdo previo de la administración y siempre que se alinee con los valores y objetivos de la comunidad.
ARTÍCULO NOVENO. OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS.
Todo miembro de UMBRAL MX, así como cualquier persona que ingrese a los espacios gestionados por la Comunidad, adquiere automáticamente las siguientes obligaciones:
a) Observancia del Código de Conducta: mantener una estricta adherencia al código de conducta establecido, que promueve el respeto, la seguridad y el consentimiento dentro de todas las actividades y espacios de la Comunidad.
b) Cumplimiento del Reglamento: acatar todas las disposiciones y directrices establecidas en el presente reglamento, asegurando una convivencia armónica y el respeto mutuo entre todos los miembros.
ARTÍCULO DÉCIMO. CÓDIGO DE CONDUCTA.
La tolerancia y el respeto son valores fundamentales para quienes forman parte de UMBRAL MX. Por ello, se espera que todos los miembros:
a) Se conduzcan entre sí con respeto, evitando insultos, burlas, sarcasmos, descalificaciones y cualquier forma de violencia directa o indirecta.
b) Muestren respeto hacia la administración, los espacios y las actividades de UMBRAL MX, absteniéndose de insultos, burlas, sarcasmos, descalificaciones y violencias directas o indirectas.
c) Eviten realizar críticas destructivas o malintencionadas hacia UMBRAL MX, ya sea en espacios virtuales o presenciales.
d) Se abstengan de difamar, calumniar o agredir, de manera activa o pasiva, dentro de espacios virtuales o reales, de forma que puedan dañar a UMBRAL MX y sus miembros.
Cualquier incumplimiento de este código de conducta será sujeto a sanción, conforme a lo establecido en el Artículo Décimo Segundo de este reglamento.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. PROHIBICIONES PARA LOS MIEMBROS.
Los miembros de UMBRAL MX, bajo ninguna circunstancia, podrán:
a) Representarse como miembros de UMBRAL MX en manifestaciones públicas no relacionadas con la comunidad.
b) Organizar reuniones, fiestas o actividades en nombre de UMBRAL MX sin autorización previa de su administración.
c) Emitir declaraciones o expresar opiniones en nombre de UMBRAL MX a través de cualquier medio de comunicación sin la debida autorización.
d) Promover actos o participar en acciones que conduzcan a la separación o disolución de UMBRAL MX.
e) Solicitar fondos o donativos en nombre de UMBRAL MX sin autorización expresa de la administración.
f) Ejecutar actos que dañen la imagen de UMBRAL MX.
g) Asistir a cualquier actividad de UMBRAL MX en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas.
h) Involucrarse en actividades sexuales con menores de 18 años.
i) Promover o ejecutar acciones de violencia de género o abuso.
j) Participar o fomentar actividades relacionadas con la trata de personas.
k) Involucrarse en actividades de lenocinio, trata de personas, necrofilia, zoofilia, pedofilia, estupro, violación, secuestro, hostigamiento o acoso sexual.
l) Promover o participar en la corrupción de menores.
m) Producir o promover material de abuso sexual infantil.
Cualquier violación de estas prohibiciones será sancionada de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo Décimo Segundo de este reglamento.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. SANCIONES.
a) Alcance.
Todas las personas que forman parte de UMBRAL MX están sujetas a las sanciones aquí descritas, en caso de incumplimiento del reglamento, el código de conducta o las prohibiciones establecidas.
b) Tipos de Sanción.
1. Suspensión Temporal: de 15 días hasta 6 meses, según el criterio de la administración de UMBRAL MX. Puede aplicarse a la participación en espacios virtuales, en espacios físicos, o en ambos.
2. Expulsión: medida definitiva que resulta en la prohibición permanente de participar en cualquier espacio, virtual o físico, de UMBRAL MX.
3. Acción Judicial: en casos de violaciones graves que además constituyan delitos, UMBRAL MX se reserva el derecho de iniciar acciones legales contra el miembro infractor.
c) Criterios de Aplicación.
La administración de UMBRAL MX tiene la autoridad completa para determinar la imposición de cualquier tipo de sanción, basándose en la gravedad del incumplimiento y el impacto de las acciones del miembro en la comunidad.
d) Procedimiento para la Aplicación de Sanciones.
1. La decisión sobre la sanción aplicable será tomada por la administración, con base en la gravedad del incumplimiento y su impacto en la comunidad.
2. La notificación de la sanción se hará efectiva por cualquier medio de comunicación disponible, asegurando que el miembro sancionado la reciba de manera clara y directa. En el caso de miembros cuya interacción con UMBRAL MX haya sido exclusivamente virtual y cuya identidad física no haya sido verificada, la sanción se limitará a su eliminación de los espacios virtuales, sin necesidad de una notificación formal adicional.
3. UMBRAL MX se reserva el derecho de comunicar públicamente las sanciones aplicadas en los casos que considere pertinentes para la seguridad y el bienestar de la comunidad.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. MECANISMO DE RECONSIDERACIÓN DE SANCIONES.
La persona sancionada podrá solicitar por escrito, dentro de los 10 días naturales siguientes a la notificación de la sanción, que la administración reconsidere su decisión, aportando los elementos que estime pertinentes. La administración resolverá dicha solicitud a su entera discreción y su resolución será definitiva e inapelable. La presentación de una solicitud de reconsideración no suspende los efectos de la sanción impuesta.
CAPÍTULO TERCERO. LÍNEAS DE ACCIÓN Y ESPACIOS PARA LAS ACTIVIDADES DE UMBRAL MX.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. ESPACIOS DE ACTIVIDAD.
Las actividades de UMBRAL MX se desarrollan en dos ámbitos fundamentales, que facilitan el crecimiento, la interacción y el alcance de la comunidad:
a) Espacio Real.
Representa la principal vía de acción dentro de UMBRAL MX. Incluye los lugares físicos designados para pláticas informativas, talleres prácticos y vivenciales, mesas redondas, demostraciones técnicas, y la organización de eventos públicos y privados. La interacción cara a cara en estos espacios es crucial para el intercambio de conocimientos y experiencias, así como para el fortalecimiento de los vínculos comunitarios.
b) Espacio Virtual.
Funciona como complemento vital al espacio real, promoviendo una comunicación y convivencia continua entre los miembros. Es también una herramienta esencial para la divulgación de información y la incorporación de nuevos miembros interesados en participar de las actividades presenciales. UMBRAL MX hace uso de una diversidad de plataformas digitales, que incluyen una página web oficial, actividad en distintas redes sociales y colaboraciones con sitios especializados en temas relacionados.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. REGLAMENTOS.
Se solicita a los miembros y visitantes de UMBRAL MX acatar las siguientes normativas:
a) En el Espacio Real.
i) Seguir el código de conducta y acatar las prohibiciones establecidas en el reglamento.
ii) Respetar el espacio personal de juego de otros, evitando interrumpir una escena o su aftercare. Cualquier pregunta o comentario deberá hacerse después.
iii) La interacción, saludo y conversación son libres y sin protocolos específicos, a menos que se indique lo contrario antes de iniciar la actividad.
iv) Solicitar permiso antes de utilizar objetos o pertenencias ajenas.
v) Referirse a los demás exclusivamente por sus nicks durante y después de los eventos, en resguardo de la privacidad de los miembros.
vi) Utilizar el sistema de semáforo como palabras de seguridad en todos los eventos: verde para indicar bienestar, amarillo para precaución, rojo para detener la acción manteniendo el deseo de continuar jugando, y negro para finalizar cualquier actividad. Se establecerán señales de seguridad previamente en situaciones donde el habla esté comprometida.
vii) Se recomienda el uso de preservativos.
viii) Está prohibido el uso de cámaras fotográficas, de video o cualquier otro dispositivo de grabación durante los eventos, a menos que estén explícitamente autorizados por la administración. El material capturado será enviado únicamente a las personas que aparezcan en él, con la edición adecuada. La administración también puede tomar fotografías para el acervo histórico o uso publicitario, siempre protegiendo la identidad de los participantes.
ix) En eventos privados, se debe mantener la confidencialidad y no compartir detalles con personas que no asistieron.
b) En el Espacio Virtual.
i) Abstenerse de realizar trolling.
ii) La administración o moderadores cerrarán discusiones que generen conflictos o se desvíen de su propósito original, prohibiendo la continuación del debate.
iii) Respetar las normativas sobre conducta y contenidos de las distintas plataformas y redes sociales utilizadas.
iv) La administración o moderadores eliminarán cualquier publicación o material que infrinja las reglas establecidas, sin necesidad de previo aviso.
CAPÍTULO CUARTO. DE LA ADMINISTRACIÓN DE UMBRAL MX.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. DE SU DEFINICIÓN Y CRITERIOS DE SELECCIÓN.
La administración de UMBRAL MX es la máxima autoridad ejecutiva y constituye el único organismo que rige el funcionamiento de la comunidad.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. DE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN.
La administración de UMBRAL MX está constituida por la persona titular de la marca, Krystal de Sade, quien ejerce la máxima autoridad ejecutiva de la comunidad. La titular tiene la facultad de extender invitaciones a individuos distinguidos por su trayectoria e integridad para que se incorporen a la administración, en reconocimiento a su compromiso y aporte a la comunidad.
UMBRAL MX, para la realización de sus actividades y eventos, así como para el mantenimiento de sus espacios virtuales, puede contar con el apoyo de un equipo de staff. Este equipo, aunque no forma parte oficial de la administración, juega un papel crucial asistiendo en las diversas necesidades operativas, tales como la organización y ejecución de eventos, la moderación de espacios virtuales, y otras tareas asignadas por la administración.
Es importante destacar que tanto las personas administradoras invitadas como los miembros del staff no son propietarios de la marca UMBRAL MX ni de sus activos. Asimismo, su participación no implica el derecho a recibir compensación económica por su colaboración y esfuerzo. Su contribución se entiende como voluntaria, impulsada por el deseo de apoyar y enriquecer a UMBRAL MX.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. SUCESIÓN Y AUSENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN.
En caso de incapacidad, ausencia prolongada, renuncia o fallecimiento de la persona titular de la marca, la titularidad y administración de UMBRAL MX se transmitirá conforme a lo que la propia titular haya designado previamente por escrito. En ausencia de dicha designación, las personas administradoras invitadas vigentes al momento del hecho asumirán, de manera colegiada, la administración interina de la comunidad, con la única facultad de mantener la operación ordinaria y la seguridad de los espacios, hasta que se resuelva la titularidad definitiva. Si no existieran personas administradoras invitadas vigentes, esta función interina recaerá en el miembro del staff de mayor antigüedad.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE UMBRAL MX.
La administración de UMBRAL MX tiene asignadas diversas funciones esenciales para el adecuado funcionamiento y desarrollo de la comunidad:
a) Planificación y Organización: desarrollar la planificación estratégica y organizar las acciones y actividades que promuevan los objetivos de UMBRAL MX.
b) Coordinación y Consenso: coordinar las diversas iniciativas dentro de UMBRAL MX y buscar el consenso en todos los asuntos relacionados con la comunidad, para asegurar un ambiente armónico y productivo.
c) Imposición de Sanciones: aplicar sanciones a los miembros que infrinjan el reglamento, manteniendo el orden y respeto dentro de la comunidad.
d) Selección de Ponentes: identificar y recomendar nuevos ponentes capacitados para dirigir talleres y prácticas que enriquezcan el conocimiento y experiencia de los miembros.
e) Gestión de Espacios: localizar y negociar los espacios adecuados para la realización de actividades y eventos, asegurando que cumplan con los requisitos y estándares de la comunidad.
f) Misión y Visión: supervisar y garantizar que todas las actividades y decisiones contribuyan al cumplimiento de la misión y visión de UMBRAL MX.
g) Resolución de Asuntos No Contemplados: tomar decisiones sobre cualquier asunto, situación o problema que surja y no esté explícitamente contemplado en el reglamento, actuando siempre en el mejor interés de la comunidad.
h) Modificación del Reglamento: evaluar y realizar modificaciones al reglamento cuando sea necesario para mejorar la operatividad, corregir deficiencias o mejorar los servicios ofrecidos por UMBRAL MX, conforme al procedimiento establecido en el Artículo Vigésimo Primero.
i) Comunicación: mantener informados a los miembros sobre las actividades, cambios y noticias relevantes de UMBRAL MX a través de los canales de comunicación establecidos.
j) Fomento de la Participación: incentivar la participación activa de los miembros en las actividades propuestas, fomentando un sentido de pertenencia y compromiso con la comunidad.
k) Formación y Capacitación del Staff: facilitar, en lo posible, formación y capacitación continua al staff y a las personas administradoras invitadas, para asegurar un alto nivel de competencia y compromiso en el desempeño de sus funciones.
ARTÍCULO VIGÉSIMO. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
UMBRAL MX recaba datos personales de sus miembros y asistentes —nombre, nick, contacto, domicilio y demás datos solicitados en los formatos de registro y consentimiento— con el único fin de gestionar la membresía, la seguridad de los eventos y la comunicación con la comunidad. UMBRAL MX será el único poseedor de dicha información, no la compartirá con terceros sin el consentimiento expreso de la persona titular de los datos, y adoptará medidas razonables para resguardar su confidencialidad y seguridad, en congruencia con lo establecido en los documentos de consentimiento informado de la comunidad.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO. PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.
La modificación del presente reglamento podrá ser propuesta por la administración de UMBRAL MX en cualquier momento, atendiendo a las necesidades operativas de la comunidad. La administración evaluará la pertinencia del cambio y, de aprobarlo, lo hará constar en una nueva versión de este documento, la cual sustituirá en su totalidad a la anterior. La versión vigente será la que se encuentre publicada en los canales oficiales de comunicación de UMBRAL MX, y su sola publicación bastará para hacerla exigible a todos los miembros y asistentes.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO. GLOSARIO Y DEFINICIONES.
BDSM: conjunto de prácticas sexuales alternativas que incluyen bondage y disciplina, dominación y sumisión, y sadismo y masoquismo.
Kink: cualquier práctica, interés o fantasía sexual que se aparta de lo convencional.
Aftercare: cuidado físico y emocional posterior a una escena o práctica, orientado al bienestar de las personas participantes.
Munch: reunión social informal de la comunidad, sin actividades de práctica.
Vetado/a: persona a quien se ha negado el acceso o la participación en los espacios y actividades de UMBRAL MX por violar el presente reglamento.
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO. CLAUSURA DEL REGLAMENTO.
Este reglamento interno, sin que ello implique la constitución de una persona moral, representa la totalidad de las normas y directrices bajo las cuales operará la comunidad de UMBRAL MX. Se establece como el marco ético y normativo que regirá todas las actividades, relaciones e interacciones dentro de la comunidad.
La aceptación de este reglamento es requisito indispensable para la membresía en UMBRAL MX. La participación en cualquier actividad, en el espacio real o virtual, implica el conocimiento y la aceptación plena de estas disposiciones. Cualquier modificación al presente reglamento se realizará conforme al procedimiento estipulado en el Artículo Vigésimo Primero.
La administración de UMBRAL MX se reserva el derecho de interpretar y aplicar este reglamento de manera que se promueva el bienestar, la seguridad y el respeto mutuo de todos los miembros. En caso de disputa sobre su interpretación o aplicación, la decisión de la administración será considerada definitiva y vinculante.
Este reglamento entrará en vigor inmediatamente después de su publicación en los canales oficiales de comunicación de UMBRAL MX y permanecerá en efecto hasta que sea modificado o derogado conforme al procedimiento establecido en el Artículo Vigésimo Primero.
Se concluye este reglamento con el compromiso de fomentar un entorno de apertura, respeto y exploración segura de la sexualidad alternativa, reconociendo la diversidad y la riqueza de experiencias que cada miembro aporta a la comunidad. UMBRAL MX está unido en el esfuerzo de crear un espacio donde la libertad personal, el consentimiento informado y el respeto mutuo sean los pilares sobre los que se construya cada interacción.
